Calculadora Despido · Derechos Adquiridos

Calculadora Despido 45 Días por Año

Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, los años trabajados hasta esa fecha se indemnizan a 45 días de salario por año en caso de despido improcedente. Tope: 42 mensualidades.

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La Regla de los 45 Días: Derechos Adquiridos Pre-2012

Antes de la reforma laboral de 2012, la indemnización por despido improcedente en España era de 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. Esto la convertía en una de las indemnizaciones más generosas de Europa.

La Disposición Transitoria Quinta de la Ley 3/2012 estableció un régimen transitorio: los trabajadores con contratos vigentes antes del 12/02/2012 conservan el derecho a que ese periodo se calcule a 45 días. A partir de esa fecha, se aplican los 33 días.

⚠️ Importante: Para activar el cálculo a 45 días, debes introducir una fecha de inicio de contrato anterior al 12/02/2012 en la calculadora. Si tu contrato es posterior, toda la indemnización será a 33 días.

Nuestra calculadora aplica el sistema de dos tramos de forma automática, sumando correctamente el periodo pre-reforma (45 días) y el periodo post-reforma (33 días).

Tu situación
5años
Contrato posterior al 12/02/2012
Privado. Nada se guarda ni se envía.
Indemnización estimada
€7.671
Rango €7.671 – €12.785
100 días de salario
Neto tras impuestos
100%
te quedas
€7.671 llega a tu bolsillo. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta 180.000 €.
Rango de negociación
Mínimo
€7.671
Base
€7.671
Máximo
€12.785
Cobertura (indemnización + desempleo)
4.2meses de cobertura
Tus derechos

Aviso legal importante

Los resultados proporcionados por esta calculadora son estimaciones orientativas basadas en la legislación laboral vigente y no constituyen asesoramiento legal ni financiero. Las fórmulas y umbrales utilizados están pendientes de revisión legal antes de la publicación definitiva del sitio. Consulte siempre con un profesional cualificado (abogado laboralista o asesor fiscal) en su jurisdicción antes de tomar decisiones basadas en estos cálculos.

Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Todavía puedo cobrar 45 días por año en 2026?
Sí, pero solo para el tramo de antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012. Si tu contrato comenzó antes de esa fecha y te despiden de forma improcedente, los años trabajados hasta la reforma se indemnizan a 45 días/año (con tope de 42 mensualidades). El periodo posterior a la reforma se calcula a 33 días/año.
¿Cuál es el tope máximo con 45 días?
El tramo a 45 días tiene un tope de 42 mensualidades. En la práctica, la indemnización total (tramo pre-2012 + tramo post-2012) sumadas no puede superar la indemnización que habría correspondido calculando todo a 45 días con tope de 42 mensualidades (disposición transitoria quinta de la Ley 3/2012).
¿Cómo funciona el sistema de dos tramos?
Si tu contrato empezó, por ejemplo, en 2005 y te despiden en 2026: (1) Los años de 2005 a febrero de 2012 (~7 años) se calculan a 45 días/año. (2) Los años de febrero de 2012 a 2026 (~14 años) se calculan a 33 días/año. Nuestra calculadora aplica ambos tramos automáticamente si introduces la fecha de inicio real.
¿Qué pasa si no sé la fecha exacta de mi contrato?
Puedes consultar tu vida laboral (Informe de Vida Laboral) a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas de la Tesorería General. Es un documento gratuito que muestra todas las fechas de alta y baja de tus contratos.
¿Pierdo los 45 días si la empresa me hace un nuevo contrato?
Depende. Si la empresa extingue tu contrato anterior al 2012 y te hace uno nuevo, pierdes el tramo a 45 días para ese periodo. Sin embargo, si ha habido continuidad laboral (sin interrupción significativa), los tribunales pueden reconocer la antigüedad acumulada.